ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR

INGENIEROS DE
CAMINOS, CANALES
Y PUERTOS

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Reglamento de Estancias en Prácticas

NORMAS ACADÉMICAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ESTANCIAS EN PRÁCTICAS

Este documento contiene Normas Académicas para la organización y realización de las estancias en prácticas de los estudiantes de la E. T. S. de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de La Coruña (estudiantes de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos y estudiantes de Obras Públicas, especialidad Construcciones Civiles), de acuerdo al Real Decreto 1497/81 y su actualización mediante el R. D. 1845/94.

OBJETIVOS

De acuerdo con los vigentes Planes de Estudios, la Dirección organizará y coordinará estancias en prácticas en empresas e instituciones públicas y privadas relacionadas con la Ingeniería Civil que permitan complementar la formación académica de los estudiantes mediante la realización de actividades del ámbito de la Ingeniería Civil.

REQUISITOS

La realización de una estancia en prácticas a través de un Programa de Cooperación Educativa ofrece al estudiante la posibilidad de cursar asignaturas Optativas o de Libre Elección (módulo de Estancia en Prácticas), pudiéndosele otorgar por esta actividad créditos por equivalencia.

Todos los estudiantes de Ingeniería de Caminos y de Ingeniería Técnica de Obras Públicas de la Escuela pueden presentarse al proceso de asignación de la oferta de estancia en prácticas. Sin embargo, para tener la posibilidad de obtener créditos por equivalencia (6 en el caso de Ingeniería de Caminos y 4,5 en el caso de Ingeniería Técnica de Obras Públicas) han de cumplirse los requisitos siguientes:

A) Requisitos que deben cumplir los estudiantes:

  1. Según RD 1497/1981 y su actualización RD 1845/1994 deben haber superado al menos el 50% de los créditos de la carrera (210 créditos de un total de 420 en el caso de Ingeniería de Caminos y 112,5 créditos de un total de 225 en el caso de Ingeniería Técnica de Obras Públicas)
  2. Los estudiantes de Ingeniería de Caminos deben haber superado al menos el 90% de los créditos de Primer Ciclo (148,5 créditos de un total de 165). Los de Ingeniería Técnica de Obras Públicas deben haber superado al menos el 80% de los créditos del primer curso (60 créditos de un total de 75).
  3. Han de tener la posibilidad de matricularse (en el proceso de matrícula ordinario del curso académico siguiente) del módulo de Estancia en Prácticas. Es decir, han de tener créditos sin cursar de asignaturas Optativas o de Libre Elección.
  4. No pueden haber estado matriculados con anterioridad de este módulo de Estancia en prácticas, ni como asignatura Optativa ni como asignatura de Libre Elección.

B) Requisitos que deben cumplir las estancias en prácticas:

  1. Se desarrollan en plazas ofertada por la Escuela
  2. Han sido cubiertas por los estudiantes seleccionados por la Escuela de acuerdo a los criterios de asignación de plazas
  3. Han sido realizadas bajo la tutoría de un titulado superior (estudiantes de Ingeniería de Caminos) o titulado medio (estudiantes de Ingeniería Técnica de Obras Públicas) perteneciente a la empresa o institución que oferte la plaza
  4. Se han desarrollado, por los estudiantes de Ingeniería de Caminos, durante un mínimo de 180 horas y máximo (según RD 1497/1981 y su actualización RD 1845/1994) de 420 horas
  5. Se hayan desarrollado, por los estudiantes de Obras Públicas, durante un mínimo de 90 horas y máximo (según RD 1497/1981 y su actualización RD 1845/1994) de 375 horas

Además de las ofertas que publique la Escuela se potenciará la realización de Programas de Cooperación Educativa. La Dirección estudiará otras estancias realizadas en empresas e instituciones relacionadas con la Ingeniería Civil. De cumplir los requisitos del RD 1497/1981 y su actualización RD 1845/1994, la Dirección dará curso al Programa de Cooperación Educativa adjudicándoles los créditos por equivalencia sólo si cumplen los requisitos del apartado A y tras un proceso de evaluación especial que se detalla en el apartado EVALUACIÓN.

La estancia deberá realizarse antes de formalizar la matrícula en el módulo Estancia en Prácticas. Esta formalización tendrá lugar después de la firma del Programa de Cooperación, en el proceso de matrícula de septiembre-octubre. Así, los requisitos del apartado A deben estar cumplidos sin tener en cuenta la convocatoria de junio. Para matricularse del módulo de Estancia en Prácticas será necesario informe favorable de la Dirección acerca del trabajo desarrollado.

CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE PLAZAS

La selección de las estancias en prácticas se realizará en una reunión a la que asistirán todos aquellos estudiantes que hayan entregado una solicitud para optar a ella. A esa reunión el Secretario Académico llevará consigo una lista de las ofertas de estancias divididas en función de si se indica preferencia de un estudiante de Caminos o uno de Obras Públicas y las listas ordenadas, en función de la calificación de su expediente académico, de los estudiantes de Caminos y de los de Obras Públicas según los criterios que a continuación se detallan.

1.     Lista de estudiantes que cumplen los requisitos del apartado A

2.     Lista de estudiantes que no cumplen los requisitos detallados en los puntos A1 o A2 y sí los detallados en los puntos A3 y A4

3.     Lista de estudiantes que no cumplan el requisito del punto A3 y sí el de punto A4 (con independencia de si cumplen el punto A1 o A2)

4.     Lista de estudiantes que no cumplan el requisito del punto A4 (con independencia de si cumplen el punto A1, A2 o A3)

Siguiendo el orden de los puntos anteriores los estudiantes, según la calificación de su expediente académico, irán seleccionando la estancia que prefieran hasta que todas sean ofertadas. En caso de que, tras todo el proceso, las estancias no sean cubiertas, se procederá, siguiendo los mismos criterios, a ofertar a los estudiantes de Ingeniería de Caminos las que inicialmente eran para Obras Públicas y viceversa. La no comparecencia a esta reunión supone la renuncia a realizar la Estancia en Prácticas.

Tras la selección, los estudiantes rellenarán una inscripción formal de Estancia en Prácticas, en la que mostrarán su compromiso a realizar la estancia. Si posteriormente, por razones de fuerza mayor, un estudiante renuncia a realizar la estancia que había obtenido, deberá cursar un escrito en el que hará constar su renuncia. Inmediatamente la plaza que ha dejado vacante será ocupada por el primer estudiante de la lista que quedó sin opción a cursar la asignatura.

CALENDARIO

En cada curso académico se seguirá el siguiente calendario:

1.      Febrero: envío de cartas a las empresas e instituciones solicitando ofertas para acoger a los estudiantes.

2.      Primera quincena de mayo: publicación de dos listas de ofertas de estancia en prácticas (una para los estudiantes de Ingeniería de Caminos y otra para los de Obras Públicas) indicando: lugar, tipo de actividad, condiciones económicas, nombre de la empresa, etc.

3.      Primera quincena de mayo: plazo para que los estudiantes entreguen en la Secretaría de Dirección sus solicitudes debidamente cumplimentadas y firmadas. En ella harán constar su nombre y la carrera que están cursando (Caminos u Obras Públicas).

4.      Segunda quincena de mayo: reunión para la selección de las estancias en prácticas. Un representante de la Dirección ordenará a los estudiantes de acuerdo al apartado de CRITERIOS DE ASIGNACIÓN.

5.      Primera quincena de junio: firma del Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad y la empresa que oferta la estancia. El estudiante deberá firmar asimismo un documento por el que se comprometerá a cumplir con las condiciones del Programa.

6.      Del 1 de julio al 30 de septiembre: realización de las estancias en prácticas. Con carácter excepcional se admitirán estancias durante otros periodos.

7.      Septiembre: matrícula en el módulo Estancia en Prácticas para el curso académico siguiente.

CONDICIONES ECONÓMICAS Y LABORALES

Por la realización de las actividades prácticas durante los meses de verano los estudiantes podrán percibir una ayuda económica. En su caso, el importe de tal ayuda quedará establecido en el Convenio de Cooperación Educativa que deberán firmar la Universidad de La Coruña y la empresa o institución que acoja al estudiante. Dicho Convenio establecerá, además, la duración y período de la estancia, el horario en la empresa o institución y el lugar de realización del trabajo.

La relación con la empresa o institución no tiene carácter laboral, si bien el estudiante tiene derecho a que ésta la expida un certificado con mención expresa de los conocimientos alcanzados al finalizar la estancia.

El estudiante disfrutará de un Seguro Escolar abonado por la Universidad de La Coruña durante el desarrollo del Programa de Cooperación Educativa.

Cualquier circunstancia que afecte al desarrollo de la estancia (modificación de las condiciones del Convenio, ausencia del Tutor, etc.) deberá comunicarse inmediatamente a la Dirección, que tomará las medidas oportunas.

EVALUACIÓN

La empresa o institución nombrará a un Tutor que se encargará de las siguientes funciones:

1.      Proporcionar a la Escuela una breve descripción del trabajo a realizar por el estudiante, indicando los conocimientos específicos que ha de tener el estudiante para llevarlo a cabo.

2.      Indicar la formación que adquirirá el estudiante al realizar el trabajo.

3.      Orientar al estudiante durante la realización del trabajo.

4.      Elaborar un breve informe final, dirigido a la Dirección, en el que evalúe el grado de aprovechamiento obtenido por el estudiante.

Para conseguir los créditos por equivalencia del módulo Estancia en Prácticas, siempre que se cumplan los requisitos detallados en el apartado REQUISITOS el estudiante deberá remitir a la Dirección un informe que contenga una relación detallada de los trabajos y actividades realizadas. Dicho informe, junto con el informe del Tutor, será evaluado por el Secretario Académico de la Escuela lo que le permitirá valorar el grado de aprovechamiento del estudiante.

En el caso de estancias sugeridas por los estudiantes el Tutor deberá, además de elaborar un informe personalizado, contactar con el Secretario Académico para, de forma conjunta, realizar la evaluación.

El Secretario Académico otorgará la calificación que aparecerá en el acta.




















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